2.- Asamblea General 2002 del ICIC
El Artículo 9 de los Estatutos de la Asociación
“Instituto Canario de Investigación del Cáncer”
establece que se debe convocar al menos una vez al año
la Asamblea General de sus miembros.
De conformidad con el citado artículo, la dirección
del ICIC convocó Asamblea General a celebrar el día
19 de diciembre a las 13:00 horas en el Salón
de Actos del Instituto Universitario de BioOrgánica
Antonio González de la Universidad de La Laguna, sito
en la calle Astrofísico Francisco Sánchez, nº
2, La Laguna, con el siguiente
Orden del día:
1.- Informe del Director del ICIC
2.- Memoria del ICIC, año 2002
3.- Presentación de los nuevos miembros del ICIC
4.- Estado financiero del ICIC y presupuesto para 2003
5.- Proyecto de nueva estructura del ICIC
6.- Propuestas de modificación si procede de artículos
de los Estatutos
7.- Solicitud de declaración de utilidad pública
del ICIC
8.- Carné de miembro del ICIC y logotipo para los laboratorios
del ICIC
9.- Proyectos y perspectivas para 2003
10.- Propuestas de cambios o ratificación de la dirección
del ICIC
11.- Ruegos y preguntas
Principales acuerdos tomados por la Asamblea ICIC
2002.
- Admisión de nuevos miembros del ICIC. Por tratarse
de la primera Asamblea del ICIC, tuvo carácter constituyente,
por lo que se aprobó aceptar las 286 solicitudes de
miembros recibidas.
- Estado financiero. El Tesorero del ICIC presentó
el estado financiero, considerado como equilibrado, y que
se resume en la siguiente tabla:
INGRESOS 2002 (En rojo cantidades pendientes de ingreso)
GASTOS 2002 (TOTAL: 207.013,55 €)
- Presupuesto para 2003. El
Asamblea aprobó el Presupesto ICIC para el ejercicio
2003, basado únicamente en los ingresos comprometidos
en firme por las diferentes instituciones:
- Proyecto de nueva estructura del ICIC.
La Asamblea aprobó la nueva estructura del ICIC que
se resume en el siguiente cuadro.
- Modificación de los Estatutos del ICIC.
La aprobación de la nueva estructura del ICIC requirió
de una notable modificación de los estatutos, que quedaron
redactados en los siguientes términos (en breve aparecerá
en www.icic.es la redacción actualizada de los Estatutos):
Art. 8 bis. DE LA ESTRUCTURA INTERNA DEL ICIC.
1.- Los investigadores del ICIC que desarrollen proyectos
conjuntos de investigación se constituirán como
Grupo ICIC. Los grupos ICIC constituirán el núcleo
de la actividad investigadora del Instituto. Cada investigador
podrá participar en un máximo de tres grupos
ICIC. Cada Grupo ICIC estará dirigido por un Investigador
Principal, que lo será de un solo grupo. La acreditación
como Grupo ICIC será solicitada a la dirección
del ICIC, y será necesario demostrar la solidez de
la tarea investigadora que se lleva a cabo por el grupo. El
Consejo de dirección deberá aprobar formalmente
la condición de Grupo ICIC, aunque puede otorgar la
categoría de “Grupo ICIC en constitución”
si está comenzado su actividad.
2.- Los grupos ICIC de actividad afín constituirán
una Sección ICIC. El Consejo de Dirección nombrará
un representante de cada Sección ICIC que formará
parte del Consejo del ICIC, con voz y voto.
3.- Las actividades corporativas del ICIC en el campo de
la formación, atención a pacientes, divulgación
y de cualquier otro tipo que no sea estrictamente de investigación
se agruparán en Proyectos ICIC. El Consejo de Dirección
nombrará al jefe de cada proyecto, que formará
parte del Consejo del ICIC, con voz y voto.
4.- La coordinación de las actividades de secciones
o proyectos ICIC que se desarrollen en las islas de Fuerteventura,
Lanzarote, La Palma, la Gomera o El Hierro será llevada
a cabo por el Coordinador Insular del ICIC. El Consejo de
Dirección nombrará a los coordinadores insulares,
que formarán parte del Consejo del ICIC, con voz y
voto.
Art. 12 . CORRESPONDE AL PRESIDENTE
a. Presidir las reuniones del Consejo de Dirección.
b. Presidir el Consejo del Instituto
c. Presidir y dirigir los debates de las Asambleas Generales
d. Representar oficialmente a la Asociación ante los
organismos oficiales, autoridades y sociedades científicas.
e. Visar e intervenir la totalidad de actas y documentos de
la Asociación.
f. Intervenir los balances contables, cobros y abonos que
verifique el Tesorero.
El presidente del ICIC será elegido por la Asamblea
General para un periodo de cuatro años, prorrogables.
El presidente podrá delegar sus funciones en el director
del ICIC, excepto las funciones de visado e intervención
(e,f). También podrá delegar las funciones de
representación en los coordinadores insulares.
Art. 12bis. CORRESPONDE AL DIRECTOR
a. La coordinación de las actividades científicas
de las secciones del ICIC
b. La coordinación de las actividades de los proyectos
del ICIC.
c. La actividad ejecutiva en la gestión económica
y administrativa del ICIC.
d. Las funciones que en él delegue el presidente del
ICIC.
El director del ICIC será elegido, conjuntamente con
el secretario y el tesorero, por la Asamblea General para
un periodo de dos años, prorrogables. El director podrá
delegar las funciones de coordinación (a y b) en el
secretario o el tesorero, pero no las funciones ejecutivas
ni las delegadas (c,d).
Art. 11
1.- El Consejo de Dirección estará formado
por un presidente, un director, un secretario y un tesorero.
2.- El Consejo del Instituto estará formado por el
Consejo de Dirección, un representante de cada una
de las secciones, un representante de cada uno de los proyectos,
y los coordinadores insulares del Instituto.
Art. 15.
La gestión económica del ICIC será encomendada
a la Gerencia del Instituto.
- Utilidad pública del ICIC. La Asamblea
acordó autorizar la solicitud de Utilidad Pública
del ICIC, conforme lo acordado por el Parlamento de Canarias
sobre el mismo, y considerando las ventajas que elo reportará
al Instituto.
- Carné de Miembro del ICIC. La Asamblea
acordó la conveniencia de que los miembros del ICIC
reciban un carné que les identifique como tales, y
facultó a la dirección para que elaborara las
normas y procediera a llevar a cabo el proyecto.
- Logotipo del ICIC. La Asamblea aprobó
que el logotipo del ICIC sirva para identificar a los laboratorios
y grupos que lo constituyen, facultando a la dirección
para que elabore los distintivos y los distribuya entre los
laboratorios y grupos del ICIC.
- Equipo directivo ajustado a la nueva estructura
del ICIC. La Asamblea acordó que las siguientes
personas ejerzan los cargos de responsabilidad del ICIC: